Regula la SSP Federal procedimientos en controles de confianza

miércoles, 23 de mayo de 20120 comentarios

Por: Enrique Hernández G.
 
 
A través del Diario Oficial de la Federación, la Secretaria de Seguridad Pública Federal público el acuerdo mediante el cual se pretende  regular el procedimiento a seguir en contra de los integrantes de la Policía Federal que no asistan o se retiren de las evaluaciones de control de confianza, así como la vigencia de dichas evaluaciones.
El documento, señala que la falta injustificada en la primera ocasión que un Integrante, debidamente notificado, haya sido citado para presentarse a las evaluaciones establecidas por la Dirección General de Control de Confianza a fin de acreditar el cumplimiento de sus requisitos de permanencia, dará lugar al inicio de la investigación correspondiente por parte de la Unidad de Asuntos Internos, por incumplimiento a sus deberes establecidos en los ordenamientos legales aplicables.
 Para el caso de que el integrante de manera voluntaria decida no continuar con el proceso, sin que medie justificación alguna el resultando de dicha evaluación será de "No cumple con el perfil".
La corporación recuerda que  el Manual del Consejo Federal de Desarrollo Policial, en su artículo 259, fracción III, inciso k), clasificó el hecho de no asistir a las evaluaciones periódicas para acreditar el cumplimiento de sus requisitos de permanencia sin la debida justificación, como una falta o infracción muy grave, que ha sido graduada con la Remoción del elemento.
Además de que la inasistencia injustificada a dichos exámenes además de ser una muestra de indisciplina que debe ser sancionada, es una conducta que va en detrimento de la planeación institucional y del cumplimiento de las metas establecidas en la materia, amén del franco menoscabo en los recursos financieros que invierte en ello la Institución.
El documento, refiere que de acuerdo al Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 2008, entre los compromisos del Poder Ejecutivo Federal, se estableció sujetar a evaluación permanente y control de confianza al personal de las instituciones policiales.
Refiere que serán causas de justificación para ausentarse a las evaluaciones para acreditar el cumplimiento a los requisitos de permanencia: A) la licencia médica oficial expedida por el ISSSTE, B) casos de fuerza mayor y C) la Comisión o Servicio que tenga encomendado el Integrante.
Recalca que el elemento que no asista en las fechas en que se encuentren programadas sus evaluaciones de control de confianza y que no contare con justificación alguna de su falta, obtendrá como resultado "No cumple con el perfil" sin dejar abierta la posibilidad de una nueva programación.
Y en el supuesto de que un integrante, por cuestiones del servicio no pueda continuar con sus evaluaciones de control de confianza, se informará de manera inmediata a sus superiores, para que remitan a la Dirección
Finaliza diciendo que el acuerdo es de observancia obligatoria para todos los Integrantes de la Policía Federal y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
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