Se investigan de oficio agraviados a policías

miércoles, 23 de mayo de 20120 comentarios

Por: Noel F. Alvarado
www.notired-mexico.com

 
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que preside el Doctor Raúl Plascencia Villanueva, inició de oficio un expediente de queja para investigar las presuntas  violaciones a derechos humanos cometidas por elementos militares en perjuicio de policías municipales de Tijuana, Baja California.
 
Visitadores adjuntos y un equipo de peritos médicos y en psicología, de este Organismo nacional autónomo, se trasladaron a esa ciudad a fin de establecer contacto con las víctimas y practicarles los exámenes correspondientes que contribuyan al esclarecimiento de los hechos.
 
El 22 de mayo de 2012 se  difundió en los medios de comunicación la denuncia de esos policías que señalaban haber sido llevados, por su propio superior jerárquico,  a instalaciones militares donde fueron torturados física y psicológicamente el pasado 8 de marzo por elementos castrenses, quienes pretendían hacerles confesar su participación en diversos delitos.
 
Ya en su Recomendación 87/2011, la Comisión Nacional pidió a la Secretaría de la Defensa Nacional, instruir a su personal para que se abstenga de realizar interrogatorios a las personas que detengan; torturarlas, utilizar o aplicar tratos crueles, inhumanos y/o degradantes.
 
En aquella ocasión 25 policías municipales de Tijuana fueron privados de su libertad por órdenes del entonces secretario de Seguridad Pública Municipal de esa ciudad.
 
Se trasladó a los uniformados a las instalaciones militares del 28/o. Batallón de Infantería en ese municipio, donde permanecieron retenidos ilegalmente, incomunicados y torturados física y psicológicamente por parte de elementos del Ejército Mexicano.
 
La CNDH se mantiene firme en la tarea de la defensa a los derechos humanos y condena cualquier acto de abuso del poder que atente en contra de los derechos a la integridad y seguridad personal y el trato digno de las personas.
 
Se inició esta investigación de oficio, con fundamento en los artículos 6, fracción II, inciso a, de la Ley de la CNDH y 89, de su Reglamento Interno.
 
La queja se encuentra  en etapa de investigación y una vez que se integre el expediente se emitirá la determinación que conforme a derecho corresponda
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