Por Enrique Hernández G.
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF) el Consejo General del IFE declaró fundado el procedimiento especial sancionador contra el candidato presidencial de la coalición Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador, por actos anticipados de campaña.
En la resolución, el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) refirió que el Partido Acción Nacional (PAN) presentó una queja contra López Obrador por presuntos actos anticipados de campaña.
Derivado de la investigación por la denuncia se determinó sancionar con una amonestación pública al abanderado perredista y se le exhortó a que en lo sucesivo se abstenga de infringir la normativa comicial federal.
El documento, especifica que la sanción también se aplicará a los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano, que conforman la coalición Movimiento Progresista.
A lo que estos institutos corresponde, el IFE les impuso una amonestación pública, en su calidad de garantes, por infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, respecto de las conductas de su abanderado presidencial.
De esta forma, la determinación de los consejeros electorales señala que para efecto del recurso de apelación se deberá presentar dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente en que se tenga conocimiento del acto o resolución impugnado.
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