Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), validaron la constitucionalidad de la Ley General de Turismo, que faculta al Congreso de la Unión para legislar en la materia y para establecer las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes de la Federación, Estados y Municipios. En sesión de este martes, los ministros analizaron la controversia constitucional presentada por el gobierno del Distrito Federal en contra de la citada ley, por considerar que la Federación invadió la esfera de competencias de las autoridades capitalinas. Al analizar la controversia, los ministros señalaron que si bien la redacción de la legislación impugnada no es muy clara, la Constitución es precisa en la materia. Al momento de la votación, seis ministros de 10 consideraron que el artículo 73, fracción XXIX, inciso K de la citada Ley era inconstitucional, porque no es clara en establecer la concurrencia de los tres órdenes de gobierno en el tema del turismo. Por tanto, señalaron que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal si tiene derecho a emitir normas en las que se tome en cuenta a las autoridades locales en políticas de desarrollo turístico. En la sesión, el ministro José Ramón Cossío insistió en que es preocupante que el gobierno federal pueda establecer zonas de desarrollo turístico sustentable y programas de ordenamiento turístico del territorio, como si esto fuera una facultad propia de la Federación que puede imponer a los estados. Los ministros dejaron en claro que las autoridades del Distrito Federal si pueden legislar en el ámbito local en materia de turismo y hospedaje, e invalidaron algunos artículos de la Ley General de Turismo. No obstante el caso aun no esta concluido, ya que continuarán el jueves el análisis del proyecto.
|
Publicar un comentario