Por: Antonio de Marcelo
El consejo general del IFE ha dado 48 horas de plazo a los partidos políticos para que cumplan con la cuota de género en sus fórmulas a puestos de elección popular. El apercibimiento es para quienes no cumplieron en sus solicitudes de registro.
En sesión de ayer, Leonardo Valdés Zurita, dijo que los partidos políticos y coaliciones tienen la obligación de registrar un mínimo de 120 candidatos propietarios y suplentes para diputados y 26 para senadores de un mismo género.
Sin embargo esta sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no fue acatada por algunos partidos políticos, lo que obligó al IFE a llevar a cabo una sesión ayer donde se votó a favor de iniciar un procedimiento especial en contra de los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento Ciudadano y las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista.
El procedimiento es por incumplir con lo establecido en el artículo 221 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), referente a incluir en sus candidaturas la cuota de género.
De ahí que se hizo un llamado a los partidos políticos que incumplieron la norma, para que en los cargos de elección popular para el Proceso Electoral Federal (PEF) 2011-2012, lo hagan en un plazo no mayor a 48 horas, ya que las disposiciones emitidas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no tienen excepciones, por lo que los partidos políticos y coaliciones tienen la obligación de registrar un mínimo de 120 candidatos propietarios y suplentes para diputados y 26 para senadores de un mismo género.
La solicitud fue para: PAN, PRI, PT, PVEM, Movimiento Ciudadano y las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista, quienes deben rectificar en el plazo establecido.
La rectificación debe ser en las solicitudes de registro de sus candidaturas a diputados y senadores por el principio de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, ya que en caso de no hacerlo, se harán acreedores a una amonestación pública y continuará el procedimiento establecido en el artículo 221 de la norma electoral, que señala que una vez transcurrido el plazo, el partido político o coalición que no realice la sustitución de candidatos, recibirá una amonestación pública, aunque además el IFE sostiene que en caso de reincidencia se sancionará con la negativa del registro de las candidaturas.
En tanto el consejo general continuará revisando, en las sustituciones y cancelaciones que se presenten el cumplimiento a la cuota de género, así como a la integración de las fórmulas y listas de candidatos en las que debe de existir identidad de género entre propietario y suplente.
Valdés Zurita, afirmó en su mensaje que el objetivo de ese acuerdo fue dar certeza a todos los interesados sobre la interpretación que esta autoridad electoral llevaría a cabo para aplicar los requisitos y procedimientos establecidos en el Cofipe en relación con el registro de candidaturas y lo correspondiente a la equidad de género.
El consejo general del IFE ha dado 48 horas de plazo a los partidos políticos para que cumplan con la cuota de género en sus fórmulas a puestos de elección popular. El apercibimiento es para quienes no cumplieron en sus solicitudes de registro.
En sesión de ayer, Leonardo Valdés Zurita, dijo que los partidos políticos y coaliciones tienen la obligación de registrar un mínimo de 120 candidatos propietarios y suplentes para diputados y 26 para senadores de un mismo género.
Sin embargo esta sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no fue acatada por algunos partidos políticos, lo que obligó al IFE a llevar a cabo una sesión ayer donde se votó a favor de iniciar un procedimiento especial en contra de los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM), Movimiento Ciudadano y las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista.
El procedimiento es por incumplir con lo establecido en el artículo 221 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), referente a incluir en sus candidaturas la cuota de género.
De ahí que se hizo un llamado a los partidos políticos que incumplieron la norma, para que en los cargos de elección popular para el Proceso Electoral Federal (PEF) 2011-2012, lo hagan en un plazo no mayor a 48 horas, ya que las disposiciones emitidas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), no tienen excepciones, por lo que los partidos políticos y coaliciones tienen la obligación de registrar un mínimo de 120 candidatos propietarios y suplentes para diputados y 26 para senadores de un mismo género.
La solicitud fue para: PAN, PRI, PT, PVEM, Movimiento Ciudadano y las coaliciones Compromiso por México y Movimiento Progresista, quienes deben rectificar en el plazo establecido.
La rectificación debe ser en las solicitudes de registro de sus candidaturas a diputados y senadores por el principio de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, ya que en caso de no hacerlo, se harán acreedores a una amonestación pública y continuará el procedimiento establecido en el artículo 221 de la norma electoral, que señala que una vez transcurrido el plazo, el partido político o coalición que no realice la sustitución de candidatos, recibirá una amonestación pública, aunque además el IFE sostiene que en caso de reincidencia se sancionará con la negativa del registro de las candidaturas.
En tanto el consejo general continuará revisando, en las sustituciones y cancelaciones que se presenten el cumplimiento a la cuota de género, así como a la integración de las fórmulas y listas de candidatos en las que debe de existir identidad de género entre propietario y suplente.
Valdés Zurita, afirmó en su mensaje que el objetivo de ese acuerdo fue dar certeza a todos los interesados sobre la interpretación que esta autoridad electoral llevaría a cabo para aplicar los requisitos y procedimientos establecidos en el Cofipe en relación con el registro de candidaturas y lo correspondiente a la equidad de género.
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