La publicación del proyecto elaborado por el Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea –de dejar en libertad a Florence Cassez-, carece de fundamentos jurídicos y contiene inconsistencias, aseguraron destacados penalistas, al resaltar que "no existe en el expediente, ninguna prueba que acredite que las víctimas se vieron influenciadas por la transmisión televisiva llevada a cabo el día de su rescate, o por las declaraciones posteriores ante los medios de comunicación llevadas a cabo por funcionarios de la PGR".
Hasta ahora, el exprocurador general de la República, Ignacio Morales Lechuga, es el único penalista que considera que Cassez sea liberada. Morales Lechuga, fue el notario de Zhenli Ye Gon y le notario en efectivo la casa de Las Lomas donde se descubrieron los 205 millones de dolares.
De la lectura de la demanda de amparo y de la sentencia dictada por el Tribunal Colegiado, no aparece que en el presente caso "estemos en presencia de una interpretación directa de la Constitución, requisito indispensable para la procedencia del recurso de revisión en el amparo directo. "Resulta indebido que invocando la protección de los derechos de la señora Cassez, se tramite ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, un recurso notoriamente improcedente, violentando con ello la ley y los derechos de los ofendidos.
"Además, en el proyecto se señala que las víctimas modificaron su versión inicial, con motivo del reconocimiento de la autoridad de que las escenas aparecidas en televisión el día que estas fueron rescatadas, correspondían a un ¨montaje¨ de la policía, estableciendo que con motivo de dicho "montaje", se provocó un efecto corruptor que vulneró el derecho a la presunción de inocencia de la señora Cassez.
"La hipótesis sostenida en el proyecto, constituye una especulación carente de sustento probatorio y entraña un grave e inaceptable cuestionamiento a la integridad moral de las víctimas. Se hace hincapié que en el proyecto, no se cita ningún elemento de prueba que permita suponer válidamente que las víctimas del secuestro tuvieran un interés indebido para involucrar a una persona inocente en los hechos.
"En el proyecto se señala que el efecto corruptor imbuyó en todo el proceso penal, infiriendo con ello que con motivo de la cobertura televisiva llevada a cabo el día del rescate, se influyó incluso la objetividad e imparcialidad de los juzgadores que intervinieron en el asunto.
"Resulta injustificado presumir que las imágenes aparecidas en los medios de comunicación el día del rescate de las victimas, tuvieron el efecto de vulnerar la imparcialidad y objetividad de juzgadores que cuentan con gran experiencia y profesionalismo. "Se destaca que de acuerdo a las imágenes aparecidas el día del rescate, la señora Cassez negó en todas las entrevistas su participación en los hechos, excluyéndose con ello, que se haya violado en su perjuicio su derecho a la presunción de inocencia. De acuerdo a lo anterior, se debe declarar improcedente el recurso de revisión al no cumplir con los requisitos exigidos por la ley".
En tanto, los penalistas Elías Huerta Psihas, Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho y Carlos Daza, Presidente del Colegio de profesores de derecho penal UNAM, coincidieron en señalar que "lo que los abogados queremos para que nuestro Estado de derecho esté fortalecido, es que los re
sponsables - sobre todo de secuestro-, sean castigados y sean puestos en prisión, como el caso de la francesa Florence Cassez".
"Mi pronóstico es, que la mayoría de los ministros de esta sala no vayan a votar mayoritariamente por este proyecto y que pueda seguir la secuestradora Florence Cassez como se ha demostrado con pruebas tangibles, evidentes, incuestionables, durante el proceso", abundó Elías Huerta Psihas.
Y, agregó: "lo que me parece que es una e xageración dado que las declaraciones de las víctimas y las de los policías son producto de una realidad, que tres personas estaban privadas de la libertad, que estaban secuestradas, que estaba en riesgo su vida y que se estaba pidiendo rescate por ellos y que en flagrancia detuvieron a esta señora junto con el jefe de la banda".
"Se ha cuestionado también sobre la procedencia de este recurso ante la Corte, yo creo que el asunto ya era cosa juzgada y que se valoró en toda su expresión el material probatorio que se tuvo", sostuvo Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho.
El doctor Carlos Daza, Presidente del Colegio de profesores de derecho penal UNAM, expresó que: "se haya hecho o no se haya hecho el montaje, es intrasendente para la cuestión de fondo sobre los tipos penales que se están manejando y por lo tanto no violenta garantías tampoco. La víctima es el gran olvidado del derecho penal, la victima siempre ha sido el olvidado, ahorita estamos viendo una persona que es imputada, que está perfectamente reconocida, que hay imputación firme y categórica sobre de ella.
Agregó que "la pregunta es ahora, cómo van a quedar ahora las víctimas si esta persona sale libre, vamos a decir entonces para qué gasta el estado tanto dinero en un procedimiento para que al final, con una decisión particular que nos e comparte obtenga su libertad una persona, el mensaje es de impunidad".
Publicar un comentario