Leonardo Juárez R.
notiredmexico
El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Sergio Armando Vllas Hernández, aseguró que la Reforma Penal de 2008, "en sí misma no garantiza el adecuado funcionamiento del sistema, ya que requiere mecanismos, medidas, reestructuras y cambios que generen una conciencia del nuevo sistema y permitan la transición e instrumentación de tan pretendido sistema en los últimos años por la sociedad mexicana".
Aunque, "esta reforma, es una de las más importante que se han realizado en el país desde la Constitución de 1917, implica un cambio de mentalidad que debemos de estar dispuestos a entender y asumir, tenemos que adoptar el compromiso desde todas nuestras esferas para que el nuevo sistema de justicia penal que tenemos que construir funcione de acuerdo a los objetivos para los cuales fue creado", subrayó.
Recalcó que ésta es una respuesta del Estado al derecho ciudadano de contar con una justicia pronta y expedita; a una administración e impartición de justicia respetuosa de la legalidad, transparente y en la que no tienen cabida valoraciones basadas en pruebas ilegales que vulneren los derechos humanos de las partes.
Al dictar la conferencia magistral Ejes Rectores de la Reforma Penal, en el marco de las Jornadas de Actualización Jurisprudencial que organizó la SCJN en esta ciudad, el también Presidente de la Segunda Sala del Tribunal Constitucional afirmó que todos los que están inmersos en el sistema de justicia, "tenemos una responsabilidad compartida para dar cumplimiento a los postulados constitucionales recientemente reformados".
Reconoció que esta reforma es una de las más trascendentales y complejas de los últimos cien años, por su impacto en las estructuras gubernamentales y por el número de instituciones y rubros que afecta.
Detalló que se modificaron los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 73 en sus fracciones XXI, XXIII, "para transformar el sistema penal mixto que nos rige, por un sistema de corte acusatorio, mediante el cual, con un nuevo modelo procesal, se busca el respeto a la igualdad entre las partes y la garantía de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Federal y en los tratados internacionales".
Indicó que el artículo 20 Constitucional, advierte un rasgo importante del sistema: los principios que lo rigen, que tienen por fin, privilegiar las garantías procesales y la protección de derechos fundamentales de los que intervienen en el proceso. Dichos principios son: la presunción de inocencia, la inmediación, la publicidad, la contradicción, la concentración y la continuidad, comentó.
Dijo que con los cambios de estas disposiciones, el Estado Mexicano transitará de un sistema inquisitivo a uno oral y acusatorio que implica la introducción de nuevas figuras como la aplicación de la justicia alternativa, los criterios de oportunidad, un procedimiento abreviado, la suspensión del proceso a prueba, entre otros aspectos y la inclusión de nuevos actores procesales, como el juez de control, el de juicio oral y el de ejecución de sanciones.
Destacó que con la reforma constitucional de igual forma se modificarán todas las funciones de los actores que intervienen en el proceso penal actual, se redefinirán las actividades que realiza el Ministerio Público, las del policía investigador, de los peritos y se crearán nuevas unidades y estructuras que vayan acordes a los nuevos procesos.
Apuntó, "las competencias de estas nuevas figuras versarán sobre las solicitudes ministeriales de investigación, las solicitudes de vinculación a proceso y de imposición de medidas cautelares, abundó al aclarar que se vigilarán que se respeten las garantías de la víctima y el inculpado (jueces de control), de igual forma conducirán y estarán presentes en todo momento en la audiencia de juicio oral, determinarán los elementos probatorios, dictarán sentencia (juez de juicio oral), y juzgarán sobre los derechos del sentenciado y lo relativo a las penas impuestas (juez de ejecución de sentencias)".
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