Resuelve Tribunal federal que se procese a soldados acusados de homicidio en juzgados militar

lunes, 26 de marzo de 20120 comentarios

Leonardo Juárez R.

notiredmexico

 

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ratificó dentro del expediente 1452/2011 que  la resolución adoptada por el segundo Tribunal Colegiado en materia penal del Cuarto Circuito, para que un juzgado castrense procese a dos elementos del Ejército mexicano adscritos a actividades de seguridad pública en Nuevo León,  por su probable responsabilidad en la comisión de "delitos cometidos en la administración y procuración de justicia" y "homicidio calificado" en contra de un civil , ya que "no puede actualizarse, debido a que precisamente, el fallo emitido por el Tribunal Colegiado antes mencionado resolvió a favor del fuero militar".

El Alto Tribunal informó que este caso se deriva del conflicto competencial 9/2011, suscitado entre el juez III de lo penal del Primer Distrito Judicial de Monterrey, Nuevo León, y el juez II Militar adscrito a la Primera Región Militar, con residencia en el Distrito Federal, mediante la cual determinó que era este último a quien correspondía conocer del asunto.

Detalló que también se tomó en cuenta las observaciones de la recomendación 73/2011, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que consideró la decisión del citado Tribunal contraria a la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el "Caso Radilla Pacheco contra los Estados Unidos Mexicanos".

Así como al pronunciamiento emitido en el expediente varios 912/2010 por la SCJN, en el que se determinaron las obligaciones a cargo del Poder Judicial de la Federación derivadas de la sentencia antes referida, en cuanto al derecho que tienen las víctimas de violaciones a derechos humanos y sus familiares, cometidas por elementos militares, para que sean resueltas por un tribunal civil competente, de acuerdo con los principios de debido proceso y acceso a la justicia.

De acuerdo a los antecedentes del caso, el 18 de abril de 2011, falleció una persona de manera violenta,  por lo que el agente del ministerio público dependiente de la Procuraduría de Nuevo León, inició la averiguación previa número 73-2011-II-1, y una vez realizados los peritajes de ley y recabadas las pruebas conducentes, determinó consignar a un juez penal a los soldados.

Dada la difusión de tales hechos a través de diversos medios de comunicación locales, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León inició de oficio el expediente de queja número CEDH-077/2011, a efecto de conocer e investigar presuntas violaciones a los derechos humanos en el presente caso.

Posteriormente, la CNDH se encargó de la queja, al estimar que autoridades del ámbito federal estuvieron involucradas en este homicidio, abriendo el expediente CNDH/2/2011/4942/Q, a fin de analizar las constancias recabadas por la Comisión Estatal y continuar con la investigación respectiva.

Tras consignarse la averiguación previa número 73-2011-II-1 en el juzgado III de lo penal del Primer Distrito Judicial en Monterrey, la jueza encargada de resolver la causa penal 88/2011-III, giró orden de aprehensión en contra de los presuntos responsables del crimen, dictó auto de formal prisión en su contra y se declaró incompetente para continuar conociendo de dicha causa, al considerar que los inculpados como elementos militares comisionados a las labores de apoyo de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, pero dependientes, administrativa y disciplinariamente, de la IV región militar en Monterrey, por lo que ordenó remitir el original de la causa de mérito al juez militar en turno.

Por su parte, el juez II militar adscrito a la Primera Región en el Distrito Federal, se abstuvo de aceptar la competencia para conocer del proceso penal en cuestión, bajo el argumento de que al momento de cometerse los hechos en agravio de la persona, los involucrados no se encontraban desempeñando labores de orden militar, sino únicamente de patrullaje preventivo en apoyo a la estructura de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Nuevo León, mediante el uso de vehículos y uniformes oficiales proporcionados por dicha dependencia.

 



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