Deuda de municipios y estados por intereses particulares de gobernantes

domingo, 2 de diciembre de 20120 comentarios

 

Armando Maceda

 El diputado Ricardo Monreal Ávila presentó una iniciativa de reformas al artículo 9 de la Ley de Coordinación Fiscal, que busca meter a control a municipios y estados por adeudos. Propone que informen cada mes sobre sus finanzas, para romper la correlación entre deuda pública local e inversión destinada a intereses particulares, y transparentar deudas.

"De no tomar acciones que incluyan la transparencia y fiscalización de créditos, se corre el riesgo de poner en jaque a la estabilidad macroeconómica del país desembocando en una crisis financiera", opinó el legislador.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público para dictamen, con opinión de la de Fortalecimiento al Federalismo, establece que los informes incluirán montos reales, intereses pactados, condiciones de contratación, préstamos a corto plazo contraídos con la banca comercial y déficits actuariales de sistemas de pensiones locales e instituciones estatales de educación superior.

Explicó que en los últimos años, las finanzas públicas estatales se han vuelto insostenibles debido al endeudamiento, el cual ha llegado, en algunos casos, a aumentar a incrementos considerables.

Explicó que entre 1994 y 2010 el nivel de deuda de estados y municipios pasó de 1.6 a 2.4 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), y de 64.5 a 72 por ciento de participaciones federales.

Apuntó que la falta de monitoreo y leyes efectivas ha dado como resultado una libertad absoluta de los estados para endeudarse sin límite.

Agregó que se debe mejorar el poder recaudatorio de los estados, romper la dependencia de las aportaciones federales y crear incentivos para sanear y manejar prudentemente las finanzas públicas, a efecto de que estados y municipios gocen de libertad en el ejercicio de su gasto. 

Propuso la rendición de cuentas periódica de las obligaciones contraídas, las cuales deben incluir montos reales, intereses, condiciones de contratación y la notificación a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los préstamos a corto plazo contraídos con la banca comercial.

 

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