Armonizar ordenamiento sobre derechos humanos

viernes, 4 de enero de 20130 comentarios

Armando Maceda

El diputado Francisco Arroyo Vieyra, presidente de la Cámara de Diputados presentó una iniciativa que reforma el artículo 1º de la Constitución Política, con el propósito de "armonizar" el ordenamiento sobre derechos humanos que entró en vigor el 10 de junio del 2011.

En su exposición de motivos, señaló que esa reforma del 2011 es una de las más importantes y categóricas de los últimos tiempos, pues representa la incorporación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos a nuestra Constitución.

Recuerda que derivado de esta reforma, las autoridades federales, estatales y municipales están obligadas a adaptar sus criterios para la promoción y protección eficaz de los derechos humanos.

El poder judicial –agregó- queda obligado a juzgar a la luz de todo el conjunto de normas en materia de derechos humanos, "bajo los principios Pro Persona, e interpretación conforme".

Resaltó que con esta reforma se crea el llamado Parámetro de Control de la Regularidad Constitucional cuando se trata de la interpretación y ampliación de los derechos reconocidos en todos los tratados internacionales que sobre esta materia ha firmado México.

No obstante lo anterior -señaló el diputado Arroyo Vieyra-, el proceso de implementación ha encontrado dificultades a raíz de una contradicción entre el primer y el segundo párrafo del artículo 1o constitucional.

Esta contradicción, indicó, debe ser resuelta por el legislador para facilitar el trabajo del juez constitucional, que goza de la facultad de interpretar la norma suprema.

Aseguró que de la lectura del párrafo primero se advierte que los derechos humanos previstos en la Constitución y en los tratados internacionales no podrán suspenderse ni ser restringidos "...salvo en los casos y bajo las condiciones que la Constitución establece".

Por otra parte, agregó, el párrafo segundo recoge la figura de "interpretación conforme y principio pro persona", es decir, se trata de una interpretación a la luz de todas las normas en materia de derechos humanos signadas por México en el ámbito internacional, en la que el derecho humano debe garantizarse de acuerdo con el ordenamiento que más favorezca al ser humano.

"Sin embargo, este precepto, de forma aislada, deja a un lado la interpretación integral de realidades y principios previstos para sociedades concretas en las que se interpreta el derecho, así como las necesidades de regulación de cada Estado, que no significan una merma para los derechos humanos en su conjunto".

Por esa razón, señaló, es imperativo "armonizar al ordenamiento constitucional el principio invocado".

 

La iniciativa modifica el artículo 1º de la Constitución Política para quedar como sigue:

Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y de los que el Estado Mexicanos sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. De existir una contradicción de principios entre esta Constitución y los Tratados Internacionales de los que México sea parte, deberá prevalecer el texto constitucional, conforme a lo previsto en su artículo 133.

 


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