EN SAN LAZARO APRUEBAN REFORMAS PARA QUE PADRES DE FAMILIA SUPERVISEN CONTENIDOS A MENORES DE EDAD EN INTERNET

miércoles, 12 de febrero de 20140 comentarios

Por: Pedro Montes de Oca

La Comisión de Derechos de la Niñez aprobó reformas para que sea obligación de los padres de familia supervisar contenidos a los que acceden los menores en Internet, y evitar que sean una fuente para la comisión de delitos graves como la trata, el secuestro y la extorsión.
 El dictamen que modifica la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, refiere que nueve de cada 10 niños de entre 8 y 16 años, han visto pornografía en Internet y, en la mayoría de los casos, fue a través del resultado de búsquedas que no tenían relación con los temas que se querían conocer.
 Subraya que, según una encuesta, las niñas y niños mexicanos utilizan medios digitales y mensajería instantánea al menos durante 14 y tres horas por semana, respectivamente. Mientras que el tiempo que dedican a las redes sociales es de dos horas en promedio, y una para consultar su correo electrónico.
 En cuanto a la seguridad en los espacios digitales, seis de cada 10 padres de familia afirmaron que sus hijos sólo navegan en Internet supervisados por un adulto, y uno de cada 10 dijo que el uso de la red estaba restringido a ciertas páginas para sus hijos, indica.
 El documento menciona que publicaciones especializadas señalan que los riesgos a los que se exponen los menores cuando navegan libremente en Internet son el acceso a páginas de contenido para adultos con material sexual explícito.
 También pueden encontrar contenidos de juegos, apuestas, escenas de violencia, consumo de drogas y alcohol.
  Es la comunicación con personas desconocidas que pueden engañar, seducir, abusar e inclusive desarrollar acciones ilícitas contra ellos.
 Por ello, la Comisión avaló adicionar un inciso C al artículo 11 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes con el propósito de obligar a madres, padres y toda persona que tenga a su cuidado a niñas, niños y adolescentes, supervisar los contenidos.
 Asimismo, y sin que se considere invasión a su privacidad, deberán tener conocimiento del uso que le dan a los diferentes servicios en el internet.
 También se adiciona un capitulo V Bis, denominado "Del derecho a la navegación segura en Internet", para constituir que las niñas, niños y adolescentes deberán contar con información adecuada, que sea acorde con su desarrollo integral y a la salud.
 En tanto, las madres, padres o tutores deberán orientar a los menores sobre el uso de la información y contenidos en Internet, especialmente sobre los que hagan apología o inciten a la violencia, guerra, comisión de hechos punibles, racismo y desigualdad entre el hombre y la mujer.
 Asimismo, los que fomenten la xenofobia, la intolerancia religiosa y cualquier otro tipo de discriminación, así como la esclavitud, servidumbre, explotación de personas, uso y consumo de cigarros y derivados del tabaco y cualquier otra droga, y bebidas alcohólicas y el material pornográfico.
 El documento señala que el Internet es, después de la televisión, el medio de comunicación que mayor influencia tiene en niñas, niños y adolescentes, puesto que es usado como medio de expresión, comunicación y entretenimiento, y en muchas ocasiones está lejos del alcance y conocimiento de los padres.
 


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