Raúl Macías
Hoy el Presidente Enrique Peña Nieto promulga la Legislación Secundaria de las Reformas en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con lo que garantizará la competencia efectiva e incrementará la cobertura de servicios como la manga ancha, televisión y telefonía, con mejores precios y mayor calidad para los mexicanos.
Poco antes del mediodía será el acto oficial en el patio central de Palacio Nacional.
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión será promulgada como lo establece la norma, luego de concluir el proceso legislativo correspondiente en el Congreso de la Unión.
Esta legislación desplaza a la hasta ayer Ley Federal de Telecomunicaciones, publicada en 1995 y a la de Radio y Televisión promulgada en 1960, para dar paso a un nuevo marco convergente.
Y es de recordarse que esta legislación tiene su origen en la reforma constitucional aprobada en junio de 2013, que busca garantizar la competencia efectiva e incrementar la cobertura de servicios como la banda ancha, televisión y telefonía, con mejores precios y mayor calidad para los mexicanos.
De acuerdo con lo establecido en la nueva ley, dentro de los 30 días naturales posteriores a su entrada en vigor, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) iniciará los procedimientos de investigación correspondientes para determinar la existencia de agentes económicos con poder sustancial en cualquiera de los mercados relevantes de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Además, de entre los beneficios propuestos para el consumidor está que con la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los usuarios del servicio de telefonía móvil ejercerán su derecho a la portabilidad en sólo 24 horas a partir de que se presenta la solicitud, un trámite que tardaba hasta 10 días.
Mientras que a partir del 1o. de enero del próximo año, las llamadas desde un teléfono fijo o móvil se elimina el cobro adicional por larga distancia nacional, lo cual representará un ahorro de alrededor de 20,000 millones de pesos al año para los usuarios.
De igual forma se obliga a los operadores de telefonía móvil a incluir dentro de su oferta comercial, planes y tarifas el cobro por segundo sin perjudicar otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, capacidad o cualquier otra modalidad.
En los casos que el servicio presente fallas o cargos indebidos, las empresas tendrán la obligación de realizar bonificaciones o descuentos en sus tarifas, en tanto que los usuarios de prepago podrán conservar su saldo hasta por un año, y ningún operador deberá cobrar por la consulta de éste.
Hoy el Presidente Enrique Peña Nieto promulga la Legislación Secundaria de las Reformas en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con lo que garantizará la competencia efectiva e incrementará la cobertura de servicios como la manga ancha, televisión y telefonía, con mejores precios y mayor calidad para los mexicanos.
Poco antes del mediodía será el acto oficial en el patio central de Palacio Nacional.
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión será promulgada como lo establece la norma, luego de concluir el proceso legislativo correspondiente en el Congreso de la Unión.
Esta legislación desplaza a la hasta ayer Ley Federal de Telecomunicaciones, publicada en 1995 y a la de Radio y Televisión promulgada en 1960, para dar paso a un nuevo marco convergente.
Y es de recordarse que esta legislación tiene su origen en la reforma constitucional aprobada en junio de 2013, que busca garantizar la competencia efectiva e incrementar la cobertura de servicios como la banda ancha, televisión y telefonía, con mejores precios y mayor calidad para los mexicanos.
Además, de entre los beneficios propuestos para el consumidor está que con la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, los usuarios del servicio de telefonía móvil ejercerán su derecho a la portabilidad en sólo 24 horas a partir de que se presenta la solicitud, un trámite que tardaba hasta 10 días.
Mientras que a partir del 1o. de enero del próximo año, las llamadas desde un teléfono fijo o móvil se elimina el cobro adicional por larga distancia nacional, lo cual representará un ahorro de alrededor de 20,000 millones de pesos al año para los usuarios.
De igual forma se obliga a los operadores de telefonía móvil a incluir dentro de su oferta comercial, planes y tarifas el cobro por segundo sin perjudicar otros planes que se basen en el cobro por minuto, por evento, capacidad o cualquier otra modalidad.
En los casos que el servicio presente fallas o cargos indebidos, las empresas tendrán la obligación de realizar bonificaciones o descuentos en sus tarifas, en tanto que los usuarios de prepago podrán conservar su saldo hasta por un año, y ningún operador deberá cobrar por la consulta de éste.
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