IMPARTE PGR CONFERENCIA PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS

miércoles, 1 de febrero de 20170 comentarios


Por: Noel F. Alvarado

 ·        Dirigida a servidores públicos de la Institución.

 ·        Impartida por el Titular de la Unidad Especializada en Ética y Conflictos de Interés de la Secretaría de la Función Pública, Jaime Chávez Alor.

 La Ley General de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en el Artículo 8 fracción XI, que entrará en vigor el próximo mes de julio, establece que hay intereses en conflicto cuando los personales afectan el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión.

 Como parte del "Ciclo de Conferencias sobre Ética y Derechos Humanos", la Procuraduría General de la República (PGR), a través de la Unidad de Ética y Derechos Humanos en la Procuración de Justicia, adscrita a la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Prevención del Delito y Servicios a la Comunidad, llevó a cabo la conferencia: "Prevención e Identificación de Conflictos de Interés", dirigida a las y los servidores públicos de la Institución.

 Con la prevención como premisa principal, Jaime Chávez Alor, Titular de la Unidad Especializada en Ética y Conflictos de Interés de la Secretaría de la Función Pública (SFP), expuso las causas y consecuencias que pueden generar este tipo de casos afirmó que los servidores públicos pueden incurrir en conflictode interés, principalmente, cuando en sus actividades se relacionan o atienden asuntos que tienen que ver con familiares, hasta cuarto grado, organizaciones o asociaciones a las cuales pertenecen personas físicas o morales con la que tengan alguna relación legal o profesional, como copropietarios de un inmueble, negocio, o si tienen alguna deuda. 

 "Uno, la intervención en asuntos que pueden beneficiar intereses privados del servidor público; dos, el tema de la recepción de regalos, que es todo un tema eso; tres, empleos y actividades adicionales en el cargo público; y, una vez que uno deja de ser servidor público, las restricciones post empleo", precisó. 

 Chávez Alor, quien se ha desempeñado también como Coordinador de Asuntos Internacionales y Agregadurías de la PGR, puntualizó que "el conflicto de interés es aquella situación que confronta obligaciones derivadas del servicio público con intereses privados de los funcionarios que pueden influir indebidamente en la ejecución de sus atribuciones. Es decir, las obligaciones del servicio público chocan con los intereses privados de los servidores públicos".

 La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), explicó Chávez Alor, distingue tres tipos de conflicto de interés:

 El primero es el Real, cuando se actualiza la situación que confronta las obligaciones derivadas del servicio público con intereses privados, es el único que prevé la legislación mexicana.

 El segundo, es el conflicto de interés Aparente, en el que parece que puede darse un asunto de esta naturaleza, pero en realidad no lo hay; sin embargo, su percepción puede afectar igual que el conflicto de interés Real y dañar la imagen del funcionario y de la institución. No tiene ninguna consecuencia jurídica.

 El tercero, el conflicto de interés Potencial, cuando se entrecruzan los intereses privados y parentescos con las obligaciones del servidor público. No implica necesariamente una falta porque todos tienen intereses como personas, de familia o de negocios, y se pueden dar situaciones de conflicto de intereses.

 Aclaró, sin embargo, que el simple conflicto de interés no es una falta, lo relevante jurídicamente, agregó, se genera cuando los servidores públicos no actúan para evitarlos, a través de excusarse o abstenerse de conocer ese asunto.

 "Cuando yo detecto que tengo ese conflicto de interés, lo que tengo que hacer es excusarme, abstenerme de conocer ese asunto porque si no lo hago, entonces sí, paso al círculo rojo donde ya se convierte en corrupción", señaló.

 Además, aseveró, los servidores públicos se deben abstener de solicitar, aceptar o recibir, incluso por interpósita persona, dinero, bienes muebles o inmuebles mediante enajenación en precio notoriamente inferior al del mercado, donaciones, servicios, empleos, cargos o comisiones para sí mismos, para parientes hasta cuarto grado y socios.

 Por su parte, el Titular de la Unidad de Ética y Derechos Humanos en la Procuración de Justicia, Juan Pablo Pampillo Baliño, afirmó que este tipo de conflictos requieren de una solución integral, principalmente, basada en la prevención.

 "Los conflictos de intereses, como fenómenos complejos, requieren de una solución que comprenda la dimensión pedagógica, ética y social del problema. Ese tipo de cuestiones se atienden mejor desde el lado de la prevención, de la educación y de la participación social", dijo.

 En el evento también estuvieron presentes: el Subprocurador Especializado en Investigación de Delitos Federales, Felipe de Jesús Muñoz Vázquez; la Visitadora General de PGR, Adriana Campos López; el Fiscal Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión, Ricardo Celso Nájera Herrera; la Fiscal Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, Adriana Lizárraga González; el Gral. Inocente Fermín Hernández Montealegre, Titular del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia; Joaquín David Ramírez Figueroa, Titular del Instituto de Formación Ministerial, Policial y Pericial; y Carla Ledezma Castro, Directora de la Unidad de Ética y Derechos Humanos en la Procuración de Justicia.


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