Iniciativa contra la prostitución en cárceles

lunes, 9 de enero de 20120 comentarios

notiredmexico

Diputados de la Comisión de Seguridad Pública analiza una iniciativa para que en los centros de readaptación social, federales y estatales, se apliquen programas permanentes que eviten la prostitución, el lenocinio y la trata de personas con fines de explotación sexual.
En el documento que propone modificar el artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se indica que estos fenómenos se presentan en las cárceles del país, pero no son reconocidos por las autoridades.
El tema empezó a generar interés por las denuncias de internas de los reclusorios de Santa Martha Acatitla y Tepepan ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, se conocieron casos en los que personal penitenciario obligaba y trasladaba a reclusas a prostituirse en los penales varoniles del norte, sur y oriente de la Ciudad de México. 
De acuerdo con las investigaciones de la CDHDF, en los túneles de acceso a los juzgados anexos a los reclusorios preventivos no sólo se ejerce la prostitución, sino también la trata de personas con fines sexuales.
 "Cerca de ellos hay baños y exclusas que usan los reos para tener relaciones sexuales clandestinas; los custodios cobran una renta de 50 o 100 pesos".
La iniciativa es impulsada por el diputado Jaime Arturo Vázquez Aguilar, quien destaca que en general, que de acuerdo con cifras no oficiales, proporcionadas por los propios reclusos, se cobra entre 900 y cinco mil pesos por este tipo de hechos.
A pesar de que no es un tema que se investigue a fondo; denunciado por las víctimas o castigado por las autoridades penitenciarias y judiciales, existen pruebas del comercio sexual de mujeres, bajo su consentimiento o no, en algunas de las penitenciarías federales, estatales y municipales, se puntualiza.
Se argumenta que diversas investigaciones relacionadas con la prostitución en las cárceles del Distrito Federal, han señalado que reclusos con poder adquisitivo pueden contratar a sexoservidoras en sus propias celdas o en lugares acondicionados para éstas prácticas clandestinas.
Por ello, se recomienda tomar medidas para el combate de éste fenómeno; evitar la participación de las autoridades de los centros de readaptación social, federales o estatales, en actos de prostitución, lenocinio y trata de personas con fines de explotación sexual, e impedir la demanda de los reclusos de servicios sexuales clandestinos, principalmente los que se dan a través de traslados obligados o bajo consentimiento de internas y los que suceden a través de prostitución externa.
 
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