Por: Genoveva Ortiz, LA PRENSA
El tesorero capitalino, Emilio Barriga Delgado, aclaró que en ningún caso el gobierno del Distrito Federal asegura cuentas bancarias sin que exista adeudo, el aseguramiento de cuentas precautorias se realiza en apego a la ley y únicamente en el caso de contribuyentes omisos en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, que además impidan, se opongan u obstaculicen el inicio o desarrollo de las facultades de comprobación y no de manera arbitraria.
Luego que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer el caso de dos embargos, el funcionario capitalino precisó que estos dos casos se realizaron bajo estricto apego a la ley.
En este sentido, detalló que el artículo 40 del Código Fiscal de la Federación establece que "cuando los contribuyentes, los responsables solidarios o terceros relacionados con ellos, se opongan, impidan u obstaculicen físicamente el inicio o desarrollo del ejercicio de las facultades de las autoridades fiscales, éstas podrán aplicar como medidas de apremio, las siguientes: solicitar el auxilio de la fuerza pública; imponer la multa que corresponda en los términos de este Código, y decretar el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación del contribuyente.
Barriga Delgado explicó que estos dos casos de aseguramiento, los cuales están relacionados con adeudos de impuestos federales y no locales, se realizaron precisamente atendiendo a la información proporcionada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Agregó que la situación ya fue aclarada, en el boletín 026/2012 difundido por la Prodecon.
En este sentido, el tesorero del gobierno del Distrito Federal afirmó que "si el contribuyente cumple con los requerimientos de la autoridad fiscal en tiempo y forma no se llega a estos casos.
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