Por: Raúl Macías
Cada año los cuerpos de emergencia de la ciudad de México reciben un promedio de 10.000,000 de llamadas a corporaciones policiacas, bomberos, paramédicos y otras dependencias, pero la mayoría de éstas son falsas, y para castigar a los graciosos, en la ALDF se analiza una serie de reformas al Código Penal de la ciudad para sancionar hasta con 5 años de prisión a quien haga llamadas de auxilio que no sean reales.
Y se adelantó que dentro de la propuesta se establecerá, que dentro del Código Penal local se especifique que "si a consecuencia de una llamada falsa se provocan daños o lesiones, se eleva el castigo con cárcel de 3 a 5 años, y de 200 a 300 días de salario mínimo vigente de multa al culpable", pero falta establecer si será la misma sanción para los menores de edad.
La intención de los representantes populares en la Asamblea Legislativa, es reformar y derogar el artículo 25, fracción IX, de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, que sanciona esta conducta, y que para ello van a proponer adicionar un capítulo IV al Título Décimo Segundo del Código Penal de la ciudad, al que se denominará Delitos contra los servicios de emergencia.
Esto es a fin de que ya cesen esas acciones que cuestan dinero a las dependencias, pero que además ponen en riesgo la vida de cientos de personas que en verdad tienen una emergencia, y dejen de ser considerados delitos que se establecen en la Ley de Cultura Cívica, porque con esa legislación solamente se castiga con una multa de 21 a 30 días de salario mínimo o con arresto de 25 a 36 horas.
Cada año los cuerpos de emergencia de la ciudad de México reciben un promedio de 10.000,000 de llamadas a corporaciones policiacas, bomberos, paramédicos y otras dependencias, pero la mayoría de éstas son falsas, y para castigar a los graciosos, en la ALDF se analiza una serie de reformas al Código Penal de la ciudad para sancionar hasta con 5 años de prisión a quien haga llamadas de auxilio que no sean reales.
Y se adelantó que dentro de la propuesta se establecerá, que dentro del Código Penal local se especifique que "si a consecuencia de una llamada falsa se provocan daños o lesiones, se eleva el castigo con cárcel de 3 a 5 años, y de 200 a 300 días de salario mínimo vigente de multa al culpable", pero falta establecer si será la misma sanción para los menores de edad.
La intención de los representantes populares en la Asamblea Legislativa, es reformar y derogar el artículo 25, fracción IX, de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, que sanciona esta conducta, y que para ello van a proponer adicionar un capítulo IV al Título Décimo Segundo del Código Penal de la ciudad, al que se denominará Delitos contra los servicios de emergencia.
Esto es a fin de que ya cesen esas acciones que cuestan dinero a las dependencias, pero que además ponen en riesgo la vida de cientos de personas que en verdad tienen una emergencia, y dejen de ser considerados delitos que se establecen en la Ley de Cultura Cívica, porque con esa legislación solamente se castiga con una multa de 21 a 30 días de salario mínimo o con arresto de 25 a 36 horas.
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