Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocaron el amparo que le fue otorgado al narcotraficante mexicano, Rafael Caro Quintero "El R1" y resolvió que la justicia federal sí era competente para procesar al capo por los homicidios del agente de la DEA Enrique Camarena Salazar y el piloto Alfredo Zavala. Debido a ello, las autoridades federales del gobierno mexicano, continúan con la búsqueda para su recaptura de Caro Quintero, por quien el Gobierno de Estados Unidos, ofrece 5 millones de dólares de recompensa.
Ante tal situación, el expediente del narcotraficante Rafael Caro Quintero, volverá al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en Jalisco para que revise las pruebas contra el capo y determine si fue correcto declararlo culpable de ambos crímenes.
Al intervenir sobre el caso el ministro José Ramón Cossío –quien fue el único que votó en contra-, cuestionó duramente el argumento central del proyecto, en el sentido de que Enrique Camarena Salazar, como agente del Gobierno estadounidense, era una persona internacionalmente protegida y por tanto su homicidio correspondía al fuero federal.
Debido a ello, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ponen en tela de juicio la actuación de los magistrados de circuito José Félix Dávalos, Rosa Isabel Moreno Ruiz y Lucio Lira Martínez, quienes en su sentencia de más de 2 mil 200 cuartillas se las arreglaron para liberar a Caro de cuatro cargos por homicidio, todos por razones técnicas y de forma.
De esta manera el órgano jurisdiccional del Alto Tribunal, resolvió el recurso de revisión interpuesto por la PGR y los familiares de Enrique Camarena Salazar, quienes participaron como terceros perjudicados. Asimismo, la SCJN devolvió el expediente al Tribunal Colegiado para que emita una nueva resolución con los lineamientos definidos por la Primera Sala, que declara como persona internacionalmente protegida al agente de la DEA asesinado en 1985.
Los cuatro ministros votaron a favor de la revocación y uno en contra, el ministro José Ramón Cossío, quien expuso un minucioso alegato de las razones por las que en su opinión no era posible otorgar el estatus de persona internacionalmente protegida al exintegrante de la Agencia Antidrogas Estadunidense (DEA, por sus siglas en inglés).
Pese al alegato de Cossío Díaz, los otros cuatro ministros avalaron con sus votos el proyecto presentado por Arturo Zaldívar Lelo de Larrea sin debatir públicamente los argumentos del ministro disidente. Cabe señalar que el punto central de la controversia se refería a la competencia, ya que al momento de amparar a Rafael Caro, el Tribunal Colegiado sostuvo que correspondía al fuero local conocer y resolver el asunto, además de si la forma en que se desarrolló en el fuero federal estuvo viciado de origen.
En ese sentido, para revocar la resolución del Tribunal Colegiado, el proyecto aprobado tenía que demostrar que efectivamente el asunto del secuestro y homicidio de Enrique Camarena, así como del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, era del fuero federal.
En su opinión el ministro de la Corte, Cossío Díaz expuso que el Derecho Internacional para hacer notar que el ex agente de la DEA no pertenecía a organismo intergubernamental alguno, sino a una agencia interna de su país, por lo cual no se debería reconocerle el estatus de persona internacionalmente protegida.
Por lo que al aceptar el punto de vista del proyecto implicaría que los enviados de la PGR en Estados Unidos o en cualquier otro país también tendrían que ser personas internacionalmente protegidas, lo que no se sostiene a la luz del Derecho Internacional. En el caso del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar, el ministro hizo notar que la interpretación forzada para estimar que estaba cumpliendo sus funciones cuando fue asesinado implicaría que serían del fuero federal muchos delitos que actualmente corresponden al local.
Sin embargo el proyecto asevera que lo cubre el fuero federal porque Zavala fue secuestrado y asesinado mientras desempeñaba sus funciones oficiales.
En la audiencia pública estuvieron presentes enviados de la embajada de Estados Unidos y de diversas instituciones de seguridad del Estado mexicano, quienes recibieron con beneplácito la resolución de la SCJN, ya que quedó abierta la vía para buscar y encarcelar nuevamente a Rafael Caro Quintero.
Enviado a través de BlackBerry de movistar
Publicar un comentario