J. Adalberto Villasana
Joaquín Archivaldo Guzmán Loera "El Chapo" recibió dos autos de formal prisión y uno de libertad en los procesos judiciales que se le siguen.
Los procesos en su contra son por el delito de delincuencia organizada, con el propósito de cometer delitos contra la salud.
De conformidad con el artículo 368 del Código Federal de Procedimientos Penales, se le comunicó al procesado sobre el derecho y término de tres días hábiles que la ley le concede para apelar esta resolución en caso de inconformidad.
El juzgado quinto de distrito de procesos penales federales en el Estado de México informó que ayer a las 14:30 horas, dentro de la causa penal 50/2009, dictó auto de formal prisión contra Joaquín Guzmán Loera o Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, como probable responsable en la comisión del delito delincuencia organizada.
Y en la causa penal 65/2011 por su probable responsabilidad en el delito de delincuencia organizada con el propósito de cometer delitos contra la salud, previsto por el artículo 2, fracción I y sancionado por el 4, fracción I, inciso a), de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en términos del artículo 13, fracción II del Código Penal Federal, el juzgado tercero de distrito en materia de procesos penales federales en el Estado de México le dictó auto de formal prisión.
Ayer, a las 13:30 horas se le dictó auto de formal prisión, por el delito de delincuencia organizada con el propósito de cometer delitos contra la salud, previsto por el artículo 2, fracción I y sancionado por el 4, fracción I, inciso a), de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, se informó.
Como se recordará, la causa penal 65/2011, se deriva del pliego de consignación, en el que se adjuntó, por duplicado, las diligencias de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIDCS/138/2011, que inició el agente del ministerio público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, de la Subprocuraduría en Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, de la Procuraduría General de la República, mediante el oficio CGC/5852/11, contra el indiciado y otras personas, por su probable responsabilidad en el delito antes señalado, solicitando orden de aprehensión.
El día de su recepción la consignación de que se trata, se radicó en este juzgado y se registró con el número de causa penal 65/2011, se ordenó tramitar el presente expediente por duplicado y dar aviso de inicio al Tribunal Unitario de este Circuito en turno al agente del ministerio público de la Federación.
Joaquín Archivaldo Guzmán Loera "El Chapo" recibió dos autos de formal prisión y uno de libertad en los procesos judiciales que se le siguen.
Los procesos en su contra son por el delito de delincuencia organizada, con el propósito de cometer delitos contra la salud.
De conformidad con el artículo 368 del Código Federal de Procedimientos Penales, se le comunicó al procesado sobre el derecho y término de tres días hábiles que la ley le concede para apelar esta resolución en caso de inconformidad.
El juzgado quinto de distrito de procesos penales federales en el Estado de México informó que ayer a las 14:30 horas, dentro de la causa penal 50/2009, dictó auto de formal prisión contra Joaquín Guzmán Loera o Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, como probable responsable en la comisión del delito delincuencia organizada.
Y en la causa penal 65/2011 por su probable responsabilidad en el delito de delincuencia organizada con el propósito de cometer delitos contra la salud, previsto por el artículo 2, fracción I y sancionado por el 4, fracción I, inciso a), de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en términos del artículo 13, fracción II del Código Penal Federal, el juzgado tercero de distrito en materia de procesos penales federales en el Estado de México le dictó auto de formal prisión.
Ayer, a las 13:30 horas se le dictó auto de formal prisión, por el delito de delincuencia organizada con el propósito de cometer delitos contra la salud, previsto por el artículo 2, fracción I y sancionado por el 4, fracción I, inciso a), de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, se informó.
Como se recordará, la causa penal 65/2011, se deriva del pliego de consignación, en el que se adjuntó, por duplicado, las diligencias de la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIDCS/138/2011, que inició el agente del ministerio público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, de la Subprocuraduría en Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, de la Procuraduría General de la República, mediante el oficio CGC/5852/11, contra el indiciado y otras personas, por su probable responsabilidad en el delito antes señalado, solicitando orden de aprehensión.
El día de su recepción la consignación de que se trata, se radicó en este juzgado y se registró con el número de causa penal 65/2011, se ordenó tramitar el presente expediente por duplicado y dar aviso de inicio al Tribunal Unitario de este Circuito en turno al agente del ministerio público de la Federación.
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