Raúl Macías
El pueblo de Cherán le gana al gobierno y Congreso de Michoacán, toda vez que la Suprema Corte determinó que hay municipios indígenas que tienen sus propias autoridades, con legitimidad para representarlos.
Así se determinó en un fallo sin precedentes, cuando 9 de los 11 ministros aceptaron la legitimidad jurídica de los municipios indígenas para promover controversias constitucionales.
En su sesión de ayer la Suprema Corte aceptó, por primera vez, la posibilidad de que en el paísexistan municipios representados por autoridades indígenas, como es el caso de Cherán, Michoacán.
Es de señalarse que la Corte admitió la controversia constitucional promovida por el Consejo Mayor de Gobierno Comunal del Municipio de Cherán, contra los poderes Legislativo y Ejecutivo de Michoacán.
Durante la sesión, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea sostuvo que los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a organizarse de las formas que mejor les acomode, incluidos los municipios indígenas.
Mientras que el ministro José Ramón Cossío Díaz subrayó que con fundamento en el artículo segundo de la Constitución los pueblos indígenas tienen derecho a la autodeterminación, y por lo tanto a todo tipo de organización, como la municipal.
El consejo de Chéran promovió el recurso por no haberlo consultado respecto a la reforma en materia indígena aprobada en la entidad, un hecho sin precedente, pues se trata de un municipio integrado conforme a sus usos y costumbres.
El pueblo de Cherán le gana al gobierno y Congreso de Michoacán, toda vez que la Suprema Corte determinó que hay municipios indígenas que tienen sus propias autoridades, con legitimidad para representarlos.
Así se determinó en un fallo sin precedentes, cuando 9 de los 11 ministros aceptaron la legitimidad jurídica de los municipios indígenas para promover controversias constitucionales.
Es de señalarse que la Corte admitió la controversia constitucional promovida por el Consejo Mayor de Gobierno Comunal del Municipio de Cherán, contra los poderes Legislativo y Ejecutivo de Michoacán.
Mientras que el ministro José Ramón Cossío Díaz subrayó que con fundamento en el artículo segundo de la Constitución los pueblos indígenas tienen derecho a la autodeterminación, y por lo tanto a todo tipo de organización, como la municipal.
El consejo de Chéran promovió el recurso por no haberlo consultado respecto a la reforma en materia indígena aprobada en la entidad, un hecho sin precedente, pues se trata de un municipio integrado conforme a sus usos y costumbres.
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