Genoveva Ortiz
La Comisión Permanente aprobó realizar hoy viernes un periodo extraordinario de sesiones en el Senado de la República, para discutir y en su caso aprobar las reformas secundarias en materia de telecomunicaciones.
Con 25 votos a favor, tres en contra y seis abstenciones, la Comisión Permanente aprobó realizar este perido extraordinario, luego que las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes; Radio, Televisión y Cinematografía, y Estudios Legislativos aprobaran el dictamen correspondiente.
Este dictamen incluye el proyecto de decreto expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, reglamentarias de la reforma constitucional en la materia, promulgada en 2013.
El presidente de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Raúl Cervantes Andrade, convocó a los 128 senadores al periodo extraordinario que iniciará hoy a las 11 de la mañana. Se convocará las sesiones que sean necesarias y se clausurará cuando se agote el debate y trámite legislativo.
El objetivo de esta legislación es establecer las condiciones y el entorno legal que propicie la transformación de las telecomunicaciones y la radiodifusión a sectores más competidos y con mayores niveles de inversión, lo que necesariamente se traducirá en mejores servicios públicos, con mayor diversidad, calidad y a menores precios, para los usuarios.
El decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones, dota al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) del marco legal para regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y radiodifusión.
Entre los aspectos relevantes de esta ley, está que no se harán cargos por llamadas telefónicas de larga distancia; se establece la obligación de redes públicas de telecomunicaciones de interconección directa o indirecta; portabilidad efectiva del número telefónico sin cargo alguno al usuario final o abonado, y asegura la continuidad de los servicios cuando en una localidad exista un solo concesionario operando.
Resuelve que los concesionarios no tienen facultad de bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios de Internet, ya sea por solicitud del usuario o de una autoridad competente.
Plantea la creación de un defensor de la audiencia en los concesionarios del servicio de radiodifusión, que sea responsable de recibir, documentar, procesar y dar seguimiento a las observaciones, quejas, sugerencias, peticiones o señalamientos de la audiencia.
El IFT deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, e impondrá medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia a través de una regulación asimétrica.
El agente económico preponderante se considerará en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al 50 por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas.
Respecto a las concesiones de uso social en radiodifusión, como las comunitarias e indígenas, pueden acceder a fuentes de financiamiento como la venta de espacios publicitarios a entes públicos federales, los cuales destinarán el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad, así como la venta de productos o servicios de edición, audio y grabación o arrendamiento de estudios.
Al inicio de la sesión se introdujo una modificación al proyecto de dictamen para determinar que el IFT deberá reservar para estaciones de radio FM comunitarias e indígenas, el 10 por ciento de la banda de radiodifusión sonora de FM, que va de los 88 a los 108 MHZ, porcentaje que se concesionará en la parte alta de la referida banda.
Respecto a facultades de dependencias del Poder Ejecutivo Federal, el dictamen indica que a la Secretaría de Gobernación le corresponde la administración de los tiempos del Estado y por su experiencia, infraestructura y conocimiento técnico, se le faculta para ordenar, autorizar, supervisar, clasificar, coordinar y/o sancionar aspectos relacionados con contenidos en radiodifusión.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitirá opinión técnica no vinculante sobre el otorgamiento, prórroga o revocación de concesiones, así como adoptará medidas para la continuidad de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a dar una opinión técnica no vinculante respecto a las contraprestaciones por concesiones y prórrogas que determine el IFT.
Se crea el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, que tiene por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro, para asegurar el acceso al mayor número de personas en las entidades federativas a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, así como a las expresiones de diversidad y pluralidad de ideas y opiniones.
Al presentar el dictamen, el senador Lozano Alarcón afirmó que el proyecto tiene el gran reto de apegarse al texto constitucional y que haya "piso parejo" para los agentes que participan en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Dijo que en esos mercados existen desigualdades y asimetrías, por lo que la legidlación deberá garantizar a los usuarios más servicios, mejores tarifas y que las audiencias encuentren una mayor diversidad de contenidos en un ambiente de libertades y de respeto a la vida privada y dignidad de las personas.
Por la Comisión de Estudios Legislativos, la senadora Ortiz González aseguró que el dictamen cumple de manera puntual con los principios plasmados en los artículos 6, 7, 27 y 28 de la Constitución y que está pensado para el bienestar de los mexicanos.
La propuesta original, agregó, se modificó en temas relativos al fortalecimiento del IFT, la distribución de competencias respecto de la regulación de contenidos, la independencia editorial de los medios públicos, el acceso irrestricto a Internet y los mecanismos para facilitar el otorgamiento de concesiones de uso social.
A nombre de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, Alejandra Barrales Magdaleno, destacó que con esta legislación no sólo se norman las atribuciones de la autoridad y los esquemas de operación de los concesionarios en esta materia, sino también se reglamentan los derechos de libre expresión, así como de acceso a la información y a las tecnologías.
Sin embargo, se pronunció en contra de la propuesta de dictamen porque, las leyes secundarias prevén esquemas benéficos y ventajosos para algunos concesionarios que debilitan y, en su caso, buscan anular el control estatal que debe existir cuando se trata del aprovechamiento y de la explotación de un bien público.
La Comisión Permanente aprobó realizar hoy viernes un periodo extraordinario de sesiones en el Senado de la República, para discutir y en su caso aprobar las reformas secundarias en materia de telecomunicaciones.
Con 25 votos a favor, tres en contra y seis abstenciones, la Comisión Permanente aprobó realizar este perido extraordinario, luego que las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes; Radio, Televisión y Cinematografía, y Estudios Legislativos aprobaran el dictamen correspondiente.
Este dictamen incluye el proyecto de decreto expide la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, reglamentarias de la reforma constitucional en la materia, promulgada en 2013.
El objetivo de esta legislación es establecer las condiciones y el entorno legal que propicie la transformación de las telecomunicaciones y la radiodifusión a sectores más competidos y con mayores niveles de inversión, lo que necesariamente se traducirá en mejores servicios públicos, con mayor diversidad, calidad y a menores precios, para los usuarios.
El decreto por el que se expide la Ley Federal de Telecomunicaciones, dota al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) del marco legal para regular y promover la competencia y el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones y radiodifusión.
Entre los aspectos relevantes de esta ley, está que no se harán cargos por llamadas telefónicas de larga distancia; se establece la obligación de redes públicas de telecomunicaciones de interconección directa o indirecta; portabilidad efectiva del número telefónico sin cargo alguno al usuario final o abonado, y asegura la continuidad de los servicios cuando en una localidad exista un solo concesionario operando.
Resuelve que los concesionarios no tienen facultad de bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios de Internet, ya sea por solicitud del usuario o de una autoridad competente.
El IFT deberá determinar la existencia de agentes económicos preponderantes en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, e impondrá medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia a través de una regulación asimétrica.
El agente económico preponderante se considerará en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, a cualquiera que cuente, directa o indirectamente, con una participación nacional mayor al 50 por ciento, medido este porcentaje ya sea por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas.
Respecto a las concesiones de uso social en radiodifusión, como las comunitarias e indígenas, pueden acceder a fuentes de financiamiento como la venta de espacios publicitarios a entes públicos federales, los cuales destinarán el uno por ciento del monto para servicios de comunicación social y publicidad, así como la venta de productos o servicios de edición, audio y grabación o arrendamiento de estudios.
Al inicio de la sesión se introdujo una modificación al proyecto de dictamen para determinar que el IFT deberá reservar para estaciones de radio FM comunitarias e indígenas, el 10 por ciento de la banda de radiodifusión sonora de FM, que va de los 88 a los 108 MHZ, porcentaje que se concesionará en la parte alta de la referida banda.
Respecto a facultades de dependencias del Poder Ejecutivo Federal, el dictamen indica que a la Secretaría de Gobernación le corresponde la administración de los tiempos del Estado y por su experiencia, infraestructura y conocimiento técnico, se le faculta para ordenar, autorizar, supervisar, clasificar, coordinar y/o sancionar aspectos relacionados con contenidos en radiodifusión.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes emitirá opinión técnica no vinculante sobre el otorgamiento, prórroga o revocación de concesiones, así como adoptará medidas para la continuidad de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión.
Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a dar una opinión técnica no vinculante respecto a las contraprestaciones por concesiones y prórrogas que determine el IFT.
Al presentar el dictamen, el senador Lozano Alarcón afirmó que el proyecto tiene el gran reto de apegarse al texto constitucional y que haya "piso parejo" para los agentes que participan en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Dijo que en esos mercados existen desigualdades y asimetrías, por lo que la legidlación deberá garantizar a los usuarios más servicios, mejores tarifas y que las audiencias encuentren una mayor diversidad de contenidos en un ambiente de libertades y de respeto a la vida privada y dignidad de las personas.
Por la Comisión de Estudios Legislativos, la senadora Ortiz González aseguró que el dictamen cumple de manera puntual con los principios plasmados en los artículos 6, 7, 27 y 28 de la Constitución y que está pensado para el bienestar de los mexicanos.
La propuesta original, agregó, se modificó en temas relativos al fortalecimiento del IFT, la distribución de competencias respecto de la regulación de contenidos, la independencia editorial de los medios públicos, el acceso irrestricto a Internet y los mecanismos para facilitar el otorgamiento de concesiones de uso social.
A nombre de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía, Alejandra Barrales Magdaleno, destacó que con esta legislación no sólo se norman las atribuciones de la autoridad y los esquemas de operación de los concesionarios en esta materia, sino también se reglamentan los derechos de libre expresión, así como de acceso a la información y a las tecnologías.
Sin embargo, se pronunció en contra de la propuesta de dictamen porque, las leyes secundarias prevén esquemas benéficos y ventajosos para algunos concesionarios que debilitan y, en su caso, buscan anular el control estatal que debe existir cuando se trata del aprovechamiento y de la explotación de un bien público.
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