AUTO DE FORMAL PRISIÓN CONTRA IMPLICADO EN FRAUDE GENÉRICO

sábado, 19 de noviembre de 20160 comentarios


Por: Noel F. Alvarado

 

* El imputado es cómplice de dos presuntos     defraudadores por 18.2 millones de pesos   

* Ofrecía servicios de intermediación para obtener créditos millonarios 


Elementos de prueba presentados por la Procuraduría General de Justicia capitalina fueron suficientes para que el Juez 3 Penal, con sede en el Reclusorio Preventivo Norte, dictara auto de formal prisión contra una persona de 70 años de edad, por el delito de fraude genérico, en agravio de una distribuidora de pisos de cerámica. El imputado es cómplice de dos presuntos defraudadores, por 18.2 millones de pesos. 

 De acuerdo con la causa penal 217/2014, el imputado actuando en complicidad con otro indiciado, se ostentó como director operativo de una empresa que ofrece servicios de intermediación para la obtención de créditos, para gestionar un crédito por la cantidad de cinco millones de dólares americanos, a favor de la compañía ofendida.

 El administrador de la distribuidora afectada entregó pólizas de garantía, realizando tres depósitos por diferentes sumas de dinero a nombre de la firma intermediaria y a cambio el indiciado proporcionó una carta de crédito denominada "carta de intención" supuestamente expedida por la organización que otorgaría dicho préstamo, el cual nunca fue dado, ni se devolvió el efectivo.

 Cabe mencionar que el imputado está involucrado con los presuntos responsables de un fraude genérico por 18.2 millones de pesos; uno de ellos, con auto de formal prisión en el Reclusorio Norte, y otro, detenido en Miami, Estados Unidos, por personal del Departamento de Seguridad Nacional de ese país, en coordinación con la Interpol, aparentemente por un problema migratorio.

 La Procuraduría General de Justicia capitalina da un paso adelante en la detención y puesta a disposición de imputados que vulneran el orden jurídico, en agravio de la sociedad, y garantiza que en la Ciudad de México no se tolerará, bajo ninguna circunstancia, la acción del delito, ni la impunidad.

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