Suprema Corte protege los derechos Pensionarios en Zacatecas
Noel Alvarado
Por unanimidad de votos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las reformas al sistema pensionario del Estado de Zacatecas no podrán afectar el pago de las personas pensionadas ni de los trabajadores actualmente en activo.
Durante la sesión pública celebrada el 12 de enero, el Pleno de la Corte analizó una acción de inconstitucionalidad promovida contra las modificaciones legales que reducían el monto para quienes reciben una pensión en la entidad.
Las y los ministros determinaron por unanimidad de votos que dicha reducción únicamente podrá aplicarse al personal de nuevo ingreso, sin impactar los derechos previamente adquiridos.
Asimismo, por unanimidad, la SCJN estableció que las autoridades responsables del pago de pensiones no podrán invocar limitaciones financieras como justificación para disminuir los derechos de los pensionados, al tratarse de prestaciones consolidadas a lo largo de la vida laboral de los trabajadores.
Al fijar su postura, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que existe consenso en la protección de los derechos pensionarios. "Todos estamos de acuerdo en que los derechos de los pensionados se deben proteger; es un derecho que las personas han adquirido a lo largo de su vida laboral, por lo que debe preservarse el pago", afirmó.
Con esta resolución, la Suprema Corte refuerza la protección constitucional de los derechos laborales y pensionarios, al tiempo que busca un equilibrio entre su garantía y la sostenibilidad financiera de las entidades federativas.
Noel Alvarado
Por unanimidad de votos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las reformas al sistema pensionario del Estado de Zacatecas no podrán afectar el pago de las personas pensionadas ni de los trabajadores actualmente en activo.
Durante la sesión pública celebrada el 12 de enero, el Pleno de la Corte analizó una acción de inconstitucionalidad promovida contra las modificaciones legales que reducían el monto para quienes reciben una pensión en la entidad.
Las y los ministros determinaron por unanimidad de votos que dicha reducción únicamente podrá aplicarse al personal de nuevo ingreso, sin impactar los derechos previamente adquiridos.
Asimismo, por unanimidad, la SCJN estableció que las autoridades responsables del pago de pensiones no podrán invocar limitaciones financieras como justificación para disminuir los derechos de los pensionados, al tratarse de prestaciones consolidadas a lo largo de la vida laboral de los trabajadores.
Al fijar su postura, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que existe consenso en la protección de los derechos pensionarios. "Todos estamos de acuerdo en que los derechos de los pensionados se deben proteger; es un derecho que las personas han adquirido a lo largo de su vida laboral, por lo que debe preservarse el pago", afirmó.
Con esta resolución, la Suprema Corte refuerza la protección constitucional de los derechos laborales y pensionarios, al tiempo que busca un equilibrio entre su garantía y la sostenibilidad financiera de las entidades federativas.

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