Preservar los derechos humanos en centros de reclusión

miércoles, 25 de julio de 20120 comentarios

Por: Noel F. Alvarado.


Para la CNDH, que preside el Doctor Raúl Plascencia Villanueva, es fundamental preservar los derechos humanos de las personas que se encuentran en algún centro de reclusión y se adopten las medidas necesarias para garantizar una estancia digna y segura en dichos espacios.

Resulta prioritaria la atención a las víctimas de los abusos del poder y del delito, y entre las atribuciones más importantes de este Organismo nacional autónomo está la supervisión del respeto de los derechos humanos en el sistema penitenciario.

La Comisión Nacional cumple este cometido llevando a cabo, de manera permanente, visitas para verificar las condiciones en las que se encuentran los internos. Datos oficiales indican que durante 2011 murieron en el país 171 reos en 49 incidentes como riñas, homicidios, intentos de fuga, suicidios e incendios.

Tan sólo en los primeros meses de este año, se tiene el registro de 75 fallecimientos en dos penales: 31 en el de Altamira, Tamaulipas, y 44 en el de Apodaca, Nuevo León; el total de fallecimientos registrados hasta ahora es de 107.

Es preocupante que en algunos centros penitenciarios del país haya casos de negligencia en la preservación de los derechos humanos, a pesar de las recomendaciones emitidas por este Organismo, mismas que tienen la finalidad de hacer del conocimiento de las autoridades y de la sociedad los problemas estructurales que presenta el sistema penitenciario, tan vinculados a la seguridad ciudadana.

El debido control de los centros penitenciarios es una responsabilidad ineludible del Estado mexicano, a la que no pueden ni deben renunciar las autoridades públicas, porque impacta, de manera directa en la seguridad y en la procuración de justicia.

La CNDH considera necesario que se intensifiquen las acciones orientadas a evitar que se cometan abusos en centros de reclusión y que se salvaguarden los derechos a la vida y a la dignidad, con el propósito de cumplir el mandato constitucional que prevé el segundo párrafo del artículo 18, en el sentido de que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte, como medios para lograr la reinserción del sentenciado y procurar que no vuelva a delinquir.

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