Por: Armando Maceda
Diputados federales priistas de la Confederación Nacional Campesina (CNC), propusieron reformar la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para ampliar la tasa de cero por ciento en la enajenación de tractores de oruga y refacciones de maquinaria, siempre y cuando se acredite que serán totalmente utilizados con vocación agrícola.
La legisladora por Guanajuato María Concepción Navarrete Vital manifestó el compromiso con los pequeños y medianos productores, porque esta medida ve en beneficio directo de este grupo, en apoyo a sus actividades de producción y comercialización.
Recalcó que este apoyo no es únicamente para los productores del campo, sino en beneficio de todos los mexicanos, porque esta reducción del IVA en tractores y sus refacciones se verá reflejada en la mesa de todas las familias del país, al tener productos más accesibles.
Aclaró que, actualmente, la norma sólo considera en tasa de cero por ciento de IVA, a los tractores agrícolas de ruedas, así como las llantas de éstos y motocultores para superficies reducidas; pero que con esta reforma se apoya un insumo muy importante para el campo.
Y es que imposible resolver muchas de las tareas que se necesitan en el campo, con el tractor que actualmente está libre de impuesto, por lo que se tiene que permitir el acceso a tecnología para la producción agrícola.
Países como España tienen apoyos considerables, porque son considerados tractores agrícolas todos los vehículos especiales autopropulsados, concebidos y construidos para maquinaria o remolques agrícolas.
La priistas dijo que de aprobarse esta iniciativa, la adquisición de maquinaria y equipo con tasa de 0%, incluirá a los tractores de oruga, sus correspondientes refacciones; motocultores; arados; rastras para desterronar la tierra arada; cultivadoras para esparcir y desyerbar; cosechadoras; aspersoras y espolvoreadoras para rociar o esparcir fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas.
Dijo que también se verá beneficiado equipo mecánico, eléctrico o hidráulico para riego agrícola; sembradoras; ensiladoras, cortadoras y empacadoras de forraje; desgranadoras; abonadoras y fertilizadoras de terrenos de cultivo; aviones fumigadores; motosierras manuales de cadena, así como embarcaciones para pesca comercial, siempre que reúnan los requisitos y condiciones establecidas en su respectivo reglamento.
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