· La reforma aprobada por la Cámara de Diputados la Ley
Federal del Derecho de Autor prevé atender a cerca de 1.3 millones de
personas con problemas visuales.
Tiene como propósito atender la discapacidad visual, la cual
representa, según datos del Instituto Nacional de Estadística y
Geografía (INEGI), la segunda más importante en el país. De acuerdo
con cifras del Instituto, en el 2010 había 4.5 millones de
discapacitados y de éstos 1.3 millones son de tipo visual.
Para el año de 2011, la cifra de personas con discapacidad
visual se elevó a millón y medio; el 3 por ciento de ellos cuenta con
educación superior y únicamente el 6 por ciento consigue algún tipo de
empleo, lo que impide concretar su inclusión socio–laboral y lograr su
autosuficiencia, autonomía e independencia económica.
Por ello, es necesario articular políticas que fomenten la
inclusión de todos, mediante actividades que promuevan la cultura,
conducentes a leyes y normas que garanticen su implementación y
cumplimiento.
La modificación establece que podrán ser reproducidas,
adaptadas y, en su caso, transformadas las obras literarias o
artísticas de manera total o parcial, sin fines de lucro, con el
objeto de hacerlas accesibles en lenguajes, sistemas y otros modos,
medios y formatos especiales a una persona con discapacidad auditiva,
visual o ambas, siempre y cuando se realice a partir de una copia
legalmente obtenida.
El dictamen puntualiza que la reforma permitirá el acceso al
bienestar generalizado, sustentable y equitativo, que fomente el
desarrollo humano integral e incluyente de los individuos que se
encuentran en condiciones de mayor desventaja y más vulnerable
socialmente.
Asimismo, constituye un compromiso social que debe
materializarse en el diseño e implementación de programas y acciones
corresponsables de los sectores público, social y privado.
Por el PVEM, la diputada Rosa Elba Pérez Hernández señaló que
la ley prevé ciertos casos en los cuales las obras ya divulgadas
podrán utilizarse siempre que no afecte su explotación normal, sin la
autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración.
Sin embargo, agregó, no se contemplaba la posibilidad de
reproducir o adaptar obras literarias o artísticas de manera total o
parcial, sin fines de lucro, con la finalidad de hacerlas accesibles
en lenguajes, sistemas y otros modos, medios y formatos especiales
para una persona con discapacidad auditiva, visual o ambas. "La ley no
contaba con una disposición que garantizara el acceso a la cultura y
conocimiento a un grupo tan importante como son las personas que
tienen discapacidad".
La diputada Sonia Rincón Chanona (Nueva Alianza) subrayó que la
discapacidad visual y auditiva limita la capacidad de las personas
para realizar actividades culturales, tales como la lectura y esto
puede causar grave afectación a su desarrollo intelectual.
Por ello, dijo, se deben procurar las adecuaciones
legislativas necesarias para establecer las condiciones de inclusión
de personas con discapacidad y así lograr equidad en la promoción, el
disfrute de la producción de servicios artísticos y culturales.
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