Por: Noel F. Alvarado.
Por su probable responsabilidad en la evasión del narcotraficante y líder del cártel de Sinaloa, Joaquín Guzmán Loera, alias "El Chapo Guzmán" del penal del Altiplano, el Juez Tercero de Distrito de Procesos Penales Federales, dictó auto de formal prisión a tres de los siete consignados por la PGR relacionados con el delito de evasión de preso.
El auto de formal prisión se dictó a estos tres ex servidores públicos del sistema penitenciario federal por el delito de evasión de presos en la hipótesis de cuando el detenido está siendo procesado por la comisión de delito o delitos contra la salud.
El juzgado Tercero de Distrito, actuó en auxilio del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal en el estado de México, con sede en Toluca, en la causa penal 48/2015, iniciada por la evasión de "El Chapo Guzmán".
En tanto, la Procuraduría General de la República y las fuerzas federales, continúan con las investigaciones a fin de obtener información que los lleve a localizar y detener al capo Joaquín Archivaldo Guzmán Loera "El Chapo".
En el expediente, se encuentra asentado que que el 17 de julio de 2015, el Juzgado Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, libró orden de aprehensión únicamente en contra de siete personas por el delito antes referido.
La orden de captura fue cumplida ese mismo día y los siete indiciados quedaron a disposición de ese juzgado, con residencia en Toluca, en internamiento en el Centro Federal de Readaptación Social Número 12 "CPS", Guanajuato, en Ocampo, Guanajuato.
Por ello se libró exhorto y por razón de turno su conocimiento correspondió al Juzgado Tercero de Distrito en el estado de Guanajuato, con residencia en León, que recabó las declaraciones preparatorias y resolvió la situación jurídica de los siete indiciados.
Ante tal,situación, la fiscalía probó el delito de evasión, al existir datos suficientes para concluir que funcionarios públicos favorecieron el escape de "El Chapo Guzmán", además de que se estableció que la forma de la fuga de Guzmán Loera, indicaba que le fueron proporcionados datos estratégicos y logísticos de la prisión, y que la construcción de un túnel altamente sofisticado permitía afirmar que funcionarios públicos propiciaron y favorecieron al evasor.
La probable responsabilidad se acreditó en relación al encargado del Centro del Control y dos custodios, de quienes, por el momento, el juzgado estimó que existían evidencias de su participación en favorecer el escape de Guzmán Loera.
Por lo que se refiere al encargado del Centro de Control (monitores) se observaron incongruencias en sus declaraciones, corroboradas con otros datos de prueba, lo que sumado a una dilación en su proceder, indicó que intencionalmente favoreció la evasión, a título de probable.
Con relación a los dos custodios, se resolvió que por el momento existían datos de que ante el suceso criminal ocurrido el sábado 11 de julio, a las 20:52 horas no contestaron el teléfono del módulo penitenciario; al no existir justificación, se estimó que favorecieron la evasión.
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