* No es una pensión vitalicia ni tampoco un bono, aclaran
Raúl Macías
Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aclararon que en las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación aprobadas por el Congreso de la Unión, no se determinó una pensión vitalicia sino un haber de retiro.
Enfatizaron que no se trata de una pensión vitalicia, ni tampoco de un bono.
Los magistrados recordaron que renunciaron en el 2006 al fideicomiso integrado para el retiro, el cual posteriormente, la Comisión de Administración autorizó su extinción y liquidación, reintegrando a la Tesorería de la Federación el importe existente al momento de la devolución del mismo.
Por ello apuntaron que es incorrecta la interpretación que se ha difundido sobre el tema del haber de retiro, establecido en el artículo 209, fracción XXXI de la ley orgánica antes mencionada.
"Dicha garantía está prevista en el artículo 94, párrafo decimosegundo de la Constitución, y se debe ajustar a lo que exige el artículo 134 constitucional bajo los principios de racionalidad, transparencia y honradez", se dijo.
El haber de retiro está previsto ante la disposición legal que prohíbe a los exintegrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desempeñar cualquier actividad relacionada con su profesión en un periodo de dos años.
"Es muy importante aclarar que los miembros del Tribunal Electoral no negociamos el ejercicio de nuestra función jurisdiccional. Rechazamos de manera categórica cualquier acusación de este tipo. Somos respetuosos de la deliberación pluripartidista representada en el Congreso de la Unión", resaltaron.
El pronunciamiento se realizó minutos antes de iniciar la sesión pública de ayer, cuando el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, pidió a sus compañeros fijar postura sobre el haber de retiro que se aprobó en las leyes secundarias electorales.
Fue el magistrado Salvador Nava Gomar quien rechazó aceptar cualquier "haber de retiro". "Nosotros no accederemos a ello aunque se apruebe; no cobraremos un solo peso", afirmó.
Pero dijo estar de acuerdo en que si se aprueba el haber de retiro sea para los magistrados que los sucedan.
"Pero es necesario que para los siguientes integrantes de este tribunal cuenten con ese haber de retiro, porque compensa su trabajo y porque tiene que ver con el trabajo digno y la independencia judicial y con esa inamovilidad de todos los jueces", expresó.
Raúl Macías
Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aclararon que en las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación aprobadas por el Congreso de la Unión, no se determinó una pensión vitalicia sino un haber de retiro.
Enfatizaron que no se trata de una pensión vitalicia, ni tampoco de un bono.
Por ello apuntaron que es incorrecta la interpretación que se ha difundido sobre el tema del haber de retiro, establecido en el artículo 209, fracción XXXI de la ley orgánica antes mencionada.
"Dicha garantía está prevista en el artículo 94, párrafo decimosegundo de la Constitución, y se debe ajustar a lo que exige el artículo 134 constitucional bajo los principios de racionalidad, transparencia y honradez", se dijo.
El haber de retiro está previsto ante la disposición legal que prohíbe a los exintegrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desempeñar cualquier actividad relacionada con su profesión en un periodo de dos años.
El pronunciamiento se realizó minutos antes de iniciar la sesión pública de ayer, cuando el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, pidió a sus compañeros fijar postura sobre el haber de retiro que se aprobó en las leyes secundarias electorales.
Fue el magistrado Salvador Nava Gomar quien rechazó aceptar cualquier "haber de retiro". "Nosotros no accederemos a ello aunque se apruebe; no cobraremos un solo peso", afirmó.
Pero dijo estar de acuerdo en que si se aprueba el haber de retiro sea para los magistrados que los sucedan.
"Pero es necesario que para los siguientes integrantes de este tribunal cuenten con ese haber de retiro, porque compensa su trabajo y porque tiene que ver con el trabajo digno y la independencia judicial y con esa inamovilidad de todos los jueces", expresó.
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