Raúl Macías
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la posibilidad de que a nivel nacional las parejas homosexuales puedan adoptar hijos, al declarar por mayoría de votos inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia del Estado de Campeche.
Ayer el pleno de la Corte tomó la decisión con nueve votos a favor, al considerar que el citado artículo era discriminatorio, además de que violaba el interés superior del menor al prohibir su integración a una familia.
En la sesión plenaria se acordó como primero que: es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
Tercero: Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el periódico oficial del Estado de Campeche y en el semanario judicial de la federación y su gaceta.
Los ministros declararon inconstitucional el citado artículo de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia de Campeche, por considerar que violaba el interés superior del menor al prohibir su integración a una familia.
La resolución deja un precedente a nivel federal
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