Noel F. Alvarado
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió amparar a cuatro policías de la Secretaría de Seguridad Pública, acusados de homicidio culposo de 12 personas y lesiones culposas de siete más, durante el operativo policiaco del 20 de junio de 2008 en la discoteca New's Divine. Con la decisión, los policías amparados quedan exonerados totalmente de los cargos en su contra.
Por tres votos contra dos, los integrantes de la Primera Sala resolvieron conceder un amparo liso y llano a los dos mandos y dos policías acusados, quienes se encontraban en libertad provisional.
El proyecto de dictamen elaborado por Arturo Zaldívar Lelo de Larrea -apoyado por Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Pardo Rebolledo- avaló el amparo "liso y llano" a favor de Jesús Esteban Cortés Alcántara, Luciano Baeza Chávez, exjefe de la Unidad de Protección Ciudadana, sector Zaragoza, Marcela Rivera Ruiz y Rosa Herlinda Antúnez Vázquez (14 años de prisión).
José Ramón Cossío y Norma Piña Hernández votaron en contra de la decisión por considerar que los uniformados eran responsables de los hechos, en razón de que "optaron por acatar la orden y detener a los jóvenes, frente al deber de proteger la vida e integridad física de éstos, pues intervinieron en la contención de su salida, a pesar de que era notable la compresión en que se encontraban aquéllos y previsible que se ocasionara daño a su integridad corporal".
En este asunto, se confirmó el criterio seguido el año anterior, cuando la sala amparó a 11 policías capitalinos y se negó a analizar a fondo el tema de la obediencia debida (aplicable a policías y militares), en casos en los que la ejecución de las órdenes impliquen la violación de derechos humanos.
José Ramón Cossío, quien votó en contra de la concesión del amparo, consideró que los policías tenían que ser juzgados penalmente, porque prefirieron cumplir órdenes a proteger la vida de los jóvenes que estaban atrapados en la discoteca, con las consecuencias conocidas.
Arturo Zaldívar argumentó que el ministerio público capitalino no demostró plenamente la culpabilidad de los acusados, quienes no tenían forma de saber que en los momentos en que participaban en la valla de contención a las afueras de la discoteca, que al interior se llevaba a cabo un operativo por la venta ilegal de bebidas a menores de edad, además de que se habían apagado las luces y el aire acondicionado, lo que generó la catástrofe
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