- Las modificaciones a la Ley de Participación Ciudadana garantizan la correcta orientación de los recursos
- Se suma la Perspectiva de Género como uno de los principios de dicha norma
A fin de hacer valer la voluntad ciudadana y que los recursos determinados a través del Presupuesto Participativo se orienten en tiempo y forma a proyectos específicos en las colonias y pueblos originarios, el Gobierno de la Ciudad de México y las jefaturas delegacionales deberán ejercerlos por ley antes de la conclusión del año fiscal correspondiente.
De acuerdo con el decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana, publicado hoy en la Gaceta Oficial de la CDMX (GOCDMX), se precisa que en caso de no haber utilizado la totalidad del presupuesto, la Contraloría General, la Auditoria Superior, la Secretaría de Finanzas y el Instituto Electoral, tendrán la facultad aplicarlo.
Además, en el marco de sus atribuciones, podrán aplicar sanciones a efecto de reducir la posibilidad de repetir el mismo hecho en los ejercicios del Presupuesto Participativo.
La reforma también establece que para la difusión de la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo se sumará a las autoridades que se establecían en la legislación, la Contraloría General, el Tribunal Electoral y el InfoDF.
Respecto a los Consejos Ciudadanos Delegacionales, la temporalidad de su instalación fue modificada ya que ahora lo harán durante la primera quincena del mes de marzo del año inmediato posterior al que tenga verificativo la jornada electiva de los Comités Ciudadanos, convocando el Instituto Electoral en la primera quincena de febrero de dicho año, y ya no en enero.
De igual forma, se establece que en los dos años posteriores de su gestión se realizará la renovación de sus mesas directivas en enero y la convocatoria para tal efecto la emitirá el Instituto Electoral en diciembre del año anterior.
En ambos casos, su gestión concluirá el 31 de diciembre.
Asimismo, con la modificación al artículo 151 de dicho decreto se refiere que a partir de octubre y hasta el 15 de diciembre, será el órgano electoral local quien otorgue las identificaciones correspondientes a los ciudadanos que integrarán los Comités Ciudadanos y Consejos Delegacionales.
Es de resaltarse que en las modificaciones al artículo 203, se instaura la creación de un Órgano Técnico Colegiado para presentar un proyecto de presupuesto participativo, el cual se integrará por el Jefe Delegacional, una secretaría técnica designada por la Jefatura Delegacional, los titulares de las unidades administrativas de nivel inmediato inferior a la jefatura delegacional, que deberán tener vinculación con la materia de los proyectos, además de contar con un representante del órgano de control interno de la demarcación política.
Entre sus funciones, este órgano técnico deberá realizar un estudio de viabilidad y factibilidad del proyecto o proyectos de acuerdo a las necesidades o problemas a resolver, su costo, tiempo de ejecución y la posible afectación temporal que de él se desprenda, en concordancia con el Programa General y los Programas Parciales de Desarrollo de la CDMX para que, al finalizar su estudio y análisis, remita el dictamen que contenga al posibilidad física, financiera y legal de ejecutar los proyectos.
En el Cuarto Transitorio de este decreto se establece que las Delegaciones Políticas deberán emitir dentro de los 90 días siguientes a la aprobación del mismo, los lineamientos internos del Órgano Técnico Colegiado para su mejor funcionamiento. Asimismo, señala que el voto de calidad recaerá en el titular de las jefaturas delegacionales.
En el Transitorio Quinto contempla que el Titular del Ejecutivo Local deberá emitir en los próximos 60 días siguientes a la aprobación del decreto, un listado de las instituciones académicas de reconocido prestigio, del cual saldrán los especialistas que formen parte de los órganos técnicos colegiados de las jefaturas delegacionales.
Finalmente, subraya que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, tanto la Jefatura de Gobierno, como la Asamblea Legislativa, proveerán los recursos económicos suficientes, a fin de dar cumplimiento a la difusión y atribuciones del órgano técnico colegiado.
Este jueves también se publica otro decreto referente a una modificación al artículo tercero de la misma Ley, en el que se suma la Perspectiva de Género como uno de los principios de Participación Ciudadana.
Publicar un comentario