Revisará Corte amparo que cuestiona reforma judicial de 2024; magistrados electos podrían intervenir

miércoles, 5 de agosto de 20260 comentarios

Un juez federal en Jalisco declaró inconstitucional la reforma que instauró la elección por voto popular de jueces; el fallo será revisado por tribunales donde participan juzgadores electos bajo ese mismo esquema

Lino Calderón 
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Un juez federal en Jalisco concedió el primer amparo contra la reforma constitucional de 2024 al Poder Judicial, al considerar que contraviene la Constitución de 1917, vulnera derechos humanos y presenta vicios en su proceso de aprobación. La resolución abre la puerta a que el caso sea revisado por órganos donde participan magistrados elegidos mediante el mismo mecanismo cuestionado.
El fallo fue emitido por Agustín Archundia Ortiz, juez en Materia Administrativa, quien determinó que la reforma que introdujo la elección por voto popular de jueces y transformó al Poder Judicial Federal y tribunales estatales es inconstitucional. No obstante, la sentencia no tendrá efectos inmediatos, ya que deberá ser revisada en segunda instancia.
La revisión inicial corresponderá a uno de tres tribunales colegiados en Jalisco, donde hay magistrados electos bajo la reforma impugnada. Posteriormente, el asunto podría llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya sea por atracción o por remisión del tribunal correspondiente.
El juez Archundia, con 26 años de carrera judicial, forma parte de los tres juzgadores en Zapopan encargados de resolver más de 500 amparos promovidos por personal del Poder Judicial en contra de la reforma.
En su resolución, de más de 170 páginas, el juzgador argumenta que tiene facultades para pronunciarse sobre el contenido de una reforma constitucional con base en tratados internacionales, pese a que desde octubre de 2024 se estableció en la propia Carta Magna la prohibición de este tipo de revisiones.
Asimismo, sostiene que el Poder Reformador no puede alterar los principios fundamentales establecidos por el Constituyente de 1917.
El amparo fue firmado el 31 de julio, pero será notificado hasta el 17 de agosto debido al periodo vacacional del juzgado. Sus efectos aplican únicamente para la magistrada en funciones Mercedes Verónica Sánchez Miguez, el magistrado retirado Manuel Ernesto Saloma Vera y Aidée Sánchez Arévalo, quienes promovieron la demanda.
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