El III Tribunal Unitario en materia penal del Primer, concedió la protección de la justicia federal a la ex líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo Morales. Ello, no significa que se le otorgue el la prisión domiciliaria.
El amparo otorgado a la ex dirigente del SNTE, es con el único efecto de que el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito "resuelva con libertad de criterio, el recurso de apelación interpuesto contra la negativa de otorgarle el beneficio de prisión preventiva domiciliaria a la quejosa en el expediente 11/2013 del juzgado sexto de distrito de procesos penales federales en la Ciudad de México, pero ahora purgando vicios de motivación y fundamentación.
El Consejo de la Judicatura Federal explicó que "lo anterior al considerar que el mencionado Primer Tribunal Unitario, al resolver el recurso de apelación, interpretó y aplicó incorrectamente el artículo 55 del Código Penal Federal, que prevé los requisitos legales para el beneficio mencionado, pues a criterio del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito se inobservó el principio pro persona como criterio de interpretación de derechos humanos, en relación con las consideraciones especiales que, conforme al marco jurídico nacional e internacional, los adultos mayores deben recibir de las autoridades que administran justicia".
Aclaró, que el amparo otorgado "no conduce en automático a autorizar la prisión preventiva domiciliaria solicitada por la defensa jurídica de la quejosa, sino únicamente establece la interpretación que se debe dar a la normatividad que dispone los requisitos legales para el otorgamiento de la medida".
Indicó que "una vez que cause ejecutoria la sentencia, bajo esa nueva interpretación, corresponderá al Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, resolver en definitiva sobre la prisión preventiva domiciliaria de Gordillo Morales".
Dijo que el Ministerio Público de la Federación dentro del término de diez días, tiene la oportunidad de impugnar esta sentencia ante un Tribunal Colegiado de Circuito, en caso de inconformidad.
En agosto del 2015, el juez VI de distrito en materia de procesos penales federales con sede en Reclusorio Oriente, Alejandro Cabalero Vértiz, negó a la defensa de la exlíder sindical el beneficio de la prisión domiciliaria, por no aportar los dictámenes médicos idóneos, por lo que continua interna en la Torre Médica del Centro de Readaptación Social Femenil de Tepepan, enfrentando proceso penal por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita -lavado de dinero- y delincuencia organizada.
En ese momento, el CJF refirió que en la causa penal 11/2013, se asienta que la maestra chiapaneca es mayor de 70 años de edad, tal como se requiere en el primer párrafo del artículo 55 del Código Penal Federal, pero, "la defensa se desistió del incidente respecto a lo relacionado con el estado de salud, aspecto que inicialmente constituía la base de la petición solicitada".
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Otorgan amparo a Elba Esther Gordillo, ex líder del SNTE
lunes, 8 de febrero de 20160 comentarios
Por: Noel F. Alvarado.
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