*El Pleno de la SCJN resolvió el amparo en revisión referente al cumplimiento de una opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
*La Ministra Yasmín Esquivel Mossa recordó que es facultad exclusiva de la Presidencia de la República dirigir y conducir la política exterior del Estado Mexicano. Noel Alvarado
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo en revisión, relacionado con la falta de cumplimiento a la opinión emitida por el Grupo de trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Al pronunciarse sobre el asunto, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa no compartió que el juicio de amparo sea procedente contra la supuesta omisión de no dar cumplimiento a la Opinión 75/2018, atribuida tanto a la titular del Poder Ejecutivo Federal, como a diversas autoridades administrativas y jurisdiccionales del Estado de Oaxaca, e inclusive, a las Comisiones Nacional y Estatal de Atención a Víctimas.
La Ministra consideró que siendo facultad exclusiva de la Presidencia de la República dirigir y conducir la política exterior del Estado Mexicano, en términos de la fracción X del artículo 89 de la Constitución General, el Poder Judicial de la Federación carece de competencia para actuar en nombre del Estado Mexicano, y con ese carácter determinar la forma como se deben cumplir las Opiniones que le formulen a nuestro país los diversos organismos internacionales.

Publicar un comentario